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La responsabilidad penal llega a las comunidades

Hasta hace pocos años, los delitos cometidos en una empresa o condominio eran responsabilidad individual de quien los ejecutaba.
Sin embargo, con la Ley de Responsabilidad Penal Empresarial (Ley N° 20.393), Chile estableció que las personas jurídicas —incluidas comunidades y administraciones— también pueden ser sancionadas penalmente por ciertos delitos cometidos en su ámbito de gestión.

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Esto significa que una comunidad de copropietarios puede enfrentar procesos judiciales si se acredita que un delito, como fraude, soborno o vulneración grave de derechos laborales, ocurrió por negligencia en sus controles o supervisión interna.

En otras palabras: el administrador o el comité ya no pueden alegar desconocimiento.

Qué abarca la responsabilidad penal en comunidades y condominios

La responsabilidad penal se aplica cuando se cumplen tres condiciones:

  1. Que el delito haya sido cometido por un trabajador o representante que actúe en nombre o beneficio de la comunidad.

  2. Que el delito sea de los tipificados en la ley (cohecho, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, delitos ambientales o laborales graves).

  3. Que la administración no haya implementado modelos de prevención ni controles razonables para evitarlo.

Aunque la ley fue pensada originalmente para empresas, en los últimos años el Ministerio Público y la Superintendencia de Valores y Seguros han extendido su alcance a comunidades, fundaciones y corporaciones privadas, donde se gestionan fondos comunes o se contrata personal bajo dependencia.

Ejemplos de casos aplicables a comunidades

  1. Pago irregular de remuneraciones o cotizaciones previsionales.
    Si la administración omite o retrasa pagos previsionales de trabajadores y no implementa controles de auditoría, podría configurarse una infracción penal por administración desleal o apropiación indebida.

  2. Uso indebido de fondos comunes.
    El mal uso del dinero recaudado para gastos comunitarios puede constituir fraude o malversación de fondos, con sanciones que recaen tanto en el administrador como en la comunidad como persona jurídica.

  3. Contratación de empresas sin acreditación OS10 o con personal no regularizado.
    Si se demuestra que el administrador actuó con negligencia o beneficio económico, la comunidad puede ser considerada responsable por omisión de controles de cumplimiento legal.

  4. Accidentes graves por falta de medidas de seguridad.
    Un siniestro derivado de incumplimiento en las normas de prevención de riesgos podría activar la responsabilidad penal corporativa si se demuestra falta de protocolos o supervisión.

Qué sanciones contempla la ley

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Las sanciones derivadas de la responsabilidad penal pueden afectar seriamente la estabilidad de una comunidad o empresa:

  • Multas millonarias a beneficio fiscal.

  • Inhabilitación temporal o definitiva para celebrar contratos o recibir beneficios públicos.

  • Disolución jurídica en casos extremos de reiteración o gravedad.

  • Pérdida de confianza y daños reputacionales.

En el caso de las comunidades de edificios, aunque no buscan lucro, sí manejan recursos y personal, por lo que pueden ser consideradas “personas jurídicas con deberes de control” bajo la ley.

Cómo evitar caer en responsabilidad penal

La clave está en la prevención y trazabilidad.
Toda administración o comité debería implementar un modelo básico de cumplimiento que contemple:

  1. Política de integridad y ética corporativa.
    Documento interno que establezca cómo se administran fondos, se contrata personal y se gestionan conflictos de interés.

  2. Protocolos de contratación transparente.
    Toda empresa proveedora debe acreditar cumplimiento laboral, previsional y normativo.

  3. Auditorías periódicas.
    Verificar mensualmente cotizaciones previsionales, seguros y pagos a proveedores.

  4. Registro documental digital.
    Mantener copia de contratos, certificaciones y aprobaciones en un repositorio de acceso restringido.

  5. Capacitación anual a administradores y trabajadores.
    Sensibilizar sobre la ley, riesgos y consecuencias de actos ilícitos.

Estos pasos, aunque sencillos, demuestran diligencia ante una investigación penal, y pueden eximir de sanciones si se acredita que la comunidad hizo todo lo posible por prevenir el delito.

Federal Seguridad: cumplimiento y prevención activa

En Federal Seguridad, el cumplimiento normativo forma parte esencial de cada servicio.
Nuestros contratos, procesos y registros se ajustan a los estándares que exige la ley de responsabilidad penal, garantizando transparencia, trazabilidad y control documental en todas las operaciones.

Además, Federal Seguridad asesora a comunidades y empresas en la implementación de buenas prácticas legales, ayudándolas a establecer mecanismos internos de prevención, fiscalización y respuesta ante auditorías o inspecciones.

Así, la seguridad no solo se limita al resguardo físico, sino que también abarca la protección jurídica y reputacional de quienes confían en nosotros.

Conclusión: la prevención jurídica también es seguridad

La responsabilidad penal ya no es un tema exclusivo de grandes corporaciones.
En el contexto actual, donde las comunidades administran recursos, personal y contratos, la prevención legal se convierte en un componente indispensable de la gestión moderna.

Un condominio que actúa con transparencia, controla sus procesos y colabora con empresas legalmente acreditadas no solo evita sanciones: protege su reputación y su patrimonio colectivo.

En definitiva, la seguridad jurídica también es parte de la seguridad integral.

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