Uno de los temas más polémicos en condominios y empresas es el rol del guardia OS10 frente a los residentes. Muchos piensan que el guardia “no puede pedir identificación a un dueño”, otros creen que “el guardia está obligado a dejar pasar a todos los residentes sin control”, y algunos comités exigen protocolos que infringen la normativa.
Para aclarar este debate, es fundamental entender lo que establece el Manual de Seguridad Privada OS10, la ley que regula las funciones, límites y responsabilidades de los guardias de seguridad en Chile.
Este blog explica qué controles puede realizar un guardia OS10, qué no puede hacer bajo ninguna circunstancia, y cómo debe interpretar los protocolos internos de un condominio o empresa.
1. Límites legales del guardia OS10
El guardia OS10 no es autoridad pública. Por lo tanto, no puede ejercer atribuciones exclusivas de Carabineros o PDI.
El Manual OS10 especifica que el guardia tiene funciones de prevención, observación y control interno, siempre dentro del recinto donde presta servicios.
El guardia OS10 no puede:
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detener a un residente sin flagrancia
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registrar pertenencias personales
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retener documentos
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impedir el ingreso de manera arbitraria
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solicitar antecedentes que no correspondan a su rol
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actuar fuera del recinto asignado
El guardia OS10 sí puede:
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verificar identidad o acceso si el reglamento interno lo exige
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pedir registro en libro o sistema digital
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actuar preventivamente en situaciones sospechosas
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informar incidentes
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activar protocolos de emergencia
2. ¿Puede pedir identificación a un residente?
Sí, pero bajo condiciones estrictas.
El guardia puede pedir identificación a un residente si:
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El reglamento de copropiedad o protocolo interno lo exige
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La comunidad aprobó un sistema de control de acceso
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La identificación no implica retención de documentos
El guardia no puede obligar a un residente a identificarse si:
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no existe reglamento
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el comité lo instruye sin respaldo normativo
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el residente está siendo discriminado o señalado
El control debe ser proporcional, respetuoso y dentro del marco del Manual OS10.
3. Protocolos de ingreso permitidos según el Manual OS10
Los protocolos de acceso deben cumplir la normativa y respetar derechos fundamentales.
Un guardia OS10 puede:
A. Controlar acceso vehicular
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Registro de placa
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Verificación de residente autorizado
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Control de visitas cuando corresponda
B. Controlar ingreso peatonal
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Verificación de identidad según reglamento
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Registro en sistemas digitales (Federal Access, por ejemplo)
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Observación de conductas sospechosas
C. Control de visitas
El guardia debe:
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pedir identificación
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registrar la visita
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comunicar al residente el ingreso
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permitir acceso solo con autorización
Este es uno de los controles más estrictos del manual.
D. Denegación de acceso
El guardia puede negar el ingreso a:
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visitas no autorizadas
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sujetos que representen un riesgo evidente
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personas que infrinjan normas internas
Pero no puede negar el acceso a un residente sin causa justificada.
4. Actuación en incidentes: qué puede y qué no puede hacer el guardia
El Manual OS10 define reglas claras:
Acciones permitidas
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activar protocolo de emergencia
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informar al supervisor
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alertar a Carabineros si hay delito o riesgo grave
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acompañar procedimientos internos
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registrar el incidente en libro o sistema digital
Acciones prohibidas
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uso de fuerza excesiva
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persecución fuera del recinto
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intervenir físicamente sin necesidad
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retener personas sin flagrancia
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incautar objetos personales
El guardia actúa como agente preventivo, no como policía.
5. ¿Qué pasa si el comité exige controles que el manual prohíbe?
Un error común es que comités o administradores ordenen controles que están fuera de la ley, como:
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exigir revisión de bolsos
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revisar maleteros
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retener documentos
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tomar fotografías
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impedir ingreso a residentes morosos
El guardia no puede cumplir esas órdenes.
El Manual OS10 es claro: ninguna instrucción interna puede obligar a un guardia a infringir la ley.
La empresa de seguridad y el guardia pueden ser sancionados por OS10 si lo hacen.
Conclusión
El guardia OS10 sí puede controlar accesos y pedir identificaciones bajo un protocolo formal, pero no puede actuar como policía ni vulnerar derechos de los residentes. La clave está en:
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respetar el Manual OS10
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cumplir el reglamento interno
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mantener procedimientos claros
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actuar siempre con proporcionalidad
Cuando los controles están respaldados legalmente y aplicados correctamente, la seguridad del condominio mejora y se evita vulnerar normas o derechos.