1. Una escena cada vez más común
Viernes por la tarde en un supermercado de Ñuñoa.
Un joven intenta salir con un televisor sin pagar y un guardia de seguridad privada lo intercepta. El ladrón lo empuja, hay un forcejeo y los clientes observan mientras el guardia logra reducirlo.
Minutos después llega Carabineros.

La escena podría repetirse en una tienda, un terminal o incluso un edificio corporativo. Pero surge una duda crucial: ¿tiene derecho un guardia de seguridad a detener a una persona? ¿Hasta dónde puede llegar su actuación?
En Chile, la respuesta no es absoluta, sino que depende del contexto legal, el tipo de recinto y, sobre todo, de cómo se aplique la normativa OS10, que regula la seguridad privada en el país.
2. Qué dice la ley chilena sobre las atribuciones de la seguridad privada

La seguridad privada está regulada por el Decreto Supremo N°93 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, bajo fiscalización del Departamento OS10 de Carabineros de Chile.
Este marco establece que los vigilantes privados y guardias pueden:
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Controlar el ingreso y salida de personas.
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Proteger bienes y personas dentro del recinto que custodian.
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Observar, prevenir y reportar hechos delictivos.
Sin embargo, no tienen facultades policiales.
Es decir, no pueden investigar, allanar, requisar ni detener de forma arbitraria.
La única excepción reconocida legalmente es la detención ciudadana, contemplada en el artículo 129 del Código Procesal Penal, que permite a cualquier persona —incluido un guardia— retener a otra si la sorprende en delito flagrante, entregándola de inmediato a la policía.
Fuente: Código Procesal Penal de Chile, artículo 129 (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos).
3. ¿Qué se entiende por delito flagrante?

Según la ley chilena, existe flagrancia cuando una persona:
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Está cometiendo un delito.
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Acaba de cometerlo y es sorprendida con evidencia directa.
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Huye del lugar y es identificada o perseguida inmediatamente por testigos o víctimas.
Por ejemplo:
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Un individuo que roba una cartera y es interceptado a pocos metros.
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Un trabajador sorprendido sacando mercadería escondida.
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Un sujeto captado por cámaras en el acto de dañar propiedad privada.
En esos casos, un guardia de seguridad privada puede actuar, siempre con la proporcionalidad necesaria y sin excederse en el uso de la fuerza.
Dato oficial: según la Subsecretaría de Prevención del Delito (SPD, 2024), más del 37% de los procedimientos policiales por hurto en comercios fueron activados inicialmente por personal de seguridad privada o vigilancia ciudadana.
4. Límites de la actuación de la seguridad privada

Aunque un guardia puede intervenir ante un delito flagrante, debe hacerlo bajo ciertos límites definidos por el OS10:
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Solo dentro del recinto donde presta servicio.
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Debe entregar al detenido inmediatamente a Carabineros.
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No puede interrogar ni registrar sin autorización.
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Debe usar la fuerza solo para neutralizar una agresión o evitar fuga.
Si el guardia excede esos límites, puede enfrentar sanciones administrativas e incluso penales.
El artículo 148 del Código Penal sanciona la detención ilegal con penas de presidio menor.
Informe OS10 (2024): Un 8% de las denuncias ciudadanas contra guardias corresponde a procedimientos en los que se habría excedido el uso de la fuerza o retención injustificada.
5. La delgada línea entre prevención y abuso
El equilibrio entre seguridad y respeto a los derechos humanos es un tema recurrente.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ha insistido en que la actuación de los guardias debe ser “profesional, racional y siempre orientada a la prevención, no al castigo”.
En la práctica, eso significa que un guardia de seguridad privada debe intervenir solo cuando sea necesario, sin humillar ni agredir.
Cualquier acción debe ser proporcional y tener un objetivo claro: proteger, no violentar.
Lee también: Guardias de seguridad y atención al público profesional— cómo la empatía y el respeto transforman la percepción ciudadana sobre la vigilancia.
6. Cómo debe actuar un guardia ante un delito flagrante

Un protocolo correcto ante un hecho delictivo sigue estos pasos:
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Observar y confirmar la situación.
Verificar que existe flagrancia y que la intervención es necesaria. -
Solicitar apoyo.
Comunicar el incidente al supervisor o central de monitoreo. -
Intervenir de forma segura.
Reducir al sospechoso sin violencia desmedida ni exposición al público. -
Llamar a Carabineros.
Entregar los antecedentes y al detenido formalmente a la autoridad. -
Registrar el hecho.
Dejar constancia escrita y, de ser posible, evidencia en video.
Estos protocolos se enseñan en los cursos OS10 de formación y son obligatorios para todos los profesionales acreditados.
Fuente: Carabineros de Chile – Manual de Procedimientos OS10, versión 2024.
7. Casos reales en Chile
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Caso 1 – Santiago (2023): un guardia de un supermercado retuvo a un menor sorprendido robando dulces. La familia denunció detención ilegal. Carabineros determinó que hubo exceso al mantenerlo encerrado sin aviso.
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Caso 2 – Antofagasta (2024): guardias detuvieron a un hombre que intentó robar materiales desde una obra. El procedimiento fue validado por flagrancia y entrega inmediata a la policía.
Estos ejemplos muestran la importancia de seguir el marco legal: la diferencia entre actuar correctamente y cometer un abuso está en la capacitación.
8. Capacitación: el pilar de una seguridad moderna
La seguridad privada moderna no se basa solo en presencia física, sino en conocimiento técnico, psicológico y legal.
Un guardia preparado sabe cuándo intervenir, cómo comunicarse y cuándo esperar apoyo policial.

El Departamento OS10 exige a todas las empresas certificar que su personal recibe formación continua, con cursos que incluyen:
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Legislación y derechos ciudadanos.
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Uso proporcional de la fuerza.
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Comunicación asertiva.
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Primeros auxilios y manejo de crisis.
También puedes leer: Guardias de seguridad con formación tecnológica: el nuevo estándar, donde se explica cómo la capacitación tecnológica refuerza el trabajo preventivo y coordinado.
9. Tecnología y respaldo: el papel del CCTV en la prevención

El monitoreo CCTV se ha convertido en un aliado indispensable para la seguridad privada.
Permite registrar incidentes, identificar sospechosos y entregar evidencia clara a las autoridades.
Según la Subsecretaría de Prevención del Delito (SPD, 2024), los recintos equipados con cámaras conectadas a centrales de monitoreo reducen hasta en un 42% los robos efectivos en comparación con los que no cuentan con ese sistema.
Además, la grabación sirve como respaldo ante posibles reclamos o denuncias por abuso.
En un entorno donde cada acción puede ser cuestionada, la evidencia visual protege tanto al ciudadano como al guardia.
10. La relación con Carabineros: colaboración, no sustitución

Los guardias de la seguridad privada no reemplazan a Carabineros, sino que los apoyan.
Su rol es disuasivo y preventivo, actuando como primeros observadores ante una situación irregular.
La coordinación se ha reforzado a través de programas de colaboración como los Comités de Seguridad Pública-Comunitaria, donde empresas de vigilancia y policías comparten información sobre focos delictuales y protocolos de respuesta.
Dato oficial: En 2024, Carabineros reportó más de 8.500 procedimientos iniciados por alertas de seguridad privada, principalmente en centros comerciales y condominios (fuente: Informe OS10, primer semestre 2024).
11. Los riesgos del exceso de celo
Cuando un guardia se excede —por ejemplo, inmoviliza con violencia o interroga— puede poner en riesgo su trabajo, la reputación de la empresa y hasta la seguridad del recinto.
Por eso, la normativa insiste en la proporcionalidad del actuar: un guardia no puede ser juez ni verdugo.
Las empresas deben reforzar la cultura del respeto y la prevención.
Como se menciona en el blog El papel de la seguridad privada en Chile: protección ciudadana y nuevos desafíos, el futuro de la vigilancia no está en la fuerza, sino en la profesionalización, la empatía y la tecnología.
12. Seguridad privada y confianza ciudadana
El trabajo de la seguridad privada influye directamente en cómo las personas perciben la seguridad pública.
Un guardia que actúa con respeto puede fortalecer la confianza; uno que se excede puede deteriorarla.
Un estudio de la Universidad Diego Portales (2023) sobre percepción de seguridad privada reveló que un 68% de los chilenos considera “muy importante” que los guardias sean visibles, pero también “respetuosos y moderados en su actuar”.
La clave está en la formación continua, la comunicación y la coordinación con las autoridades.
13. Conclusión: la seguridad se ejerce con criterio

Sí, la seguridad privada puede detener a una persona, pero solo en casos de flagrancia y bajo la figura de detención ciudadana.
No se trata de ejercer poder, sino de proteger con criterio y dentro de la ley.
Cada acción cuenta: un procedimiento correcto no solo evita abusos, sino que refuerza la confianza en todo el sistema de vigilancia.
Chile avanza hacia una seguridad más profesional, transparente y humana.
Y en ese proceso, los guardias OS10 y las empresas certificadas son el corazón operativo de una sociedad más segura y respetuosa.