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Durante décadas, la seguridad privada en Chile funcionó con un ecosistema fragmentado: cursos OS10 que se verificaban “por confianza”, empresas que mostraban documentos en PDF sin trazabilidad, cámaras que nadie sabía si cumplían norma y supervisores que operaban sin un registro unificado. Administradores de edificios, gerentes de operaciones y jefes de seguridad tenían que confiar más en la palabra que en los datos.
2025 marcó el quiebre definitivo con la entrada en vigencia progresiva de la nueva Ley de Seguridad Privada, y su pieza más revolucionaria: el Registro Nacional de Seguridad Privada.

Registro Nacional de Seguridad Privada

No es una actualización menor. Es, literalmente, el cambio más grande en 20 años.

Este registro crea un sistema único, centralizado y obligatorio, donde cada actor de la seguridad privada debe estar presente:
– Guardias.
– Empresas de seguridad.
– Supervisores.
– Equipos, vehículos y sistemas tecnológicos.
– Medios de vigilancia y monitoreo.

Y esto no solo impacta a la industria: cambia por completo la forma en que empresas y condominios pueden verificar la legalidad y calidad de sus servicios de seguridad.

Un registro que por fin ordena el sector

Hasta ahora, la verificación de un guardia o una empresa de seguridad dependía de documentos enviables por WhatsApp, certificados impresos o correos que nadie confirmaba oficialmente.
El resultado era evidente:
– Guardias con cursos vencidos seguían trabajando.
– Empresas no autorizadas operaban en condominios.
– Equipos tecnológicos no certificados se instalaban como “CCTV profesional”.
– Supervisores operaban sin respaldo legal.

El Registro Nacional viene a cerrar esa brecha. Todo queda trazado digitalmente, en una sola plataforma pública y verificable.

Para administradores y empresas, es un salto gigante: por fin existe una herramienta para tomar decisiones en base a datos y no en base a intuición.

Verificación en segundos: un antes y un después

El corazón del Registro Nacional es la verificación inmediata.
En simple: cualquier administrador, gerente de operaciones o comité puede revisar si:

Un guardia está realmente habilitado para ejercer.
Una empresa de seguridad está vigente, autorizada y sin sanciones.
Un supervisor cuenta con la certificación obligatoria.
Un vehículo de patrullaje está registrado.
Un sistema tecnológico cumple norma, está declarado y autorizado.

Este cambio destruye el 90% de la inseguridad administrativa del sector:
antes, validar un guardia podía tomar días; ahora toma segundos.

Para condominios, donde históricamente se contrataba personal sin OS10 por desconocimiento o urgencia, este sistema es una garantía estructural.
Para empresas con bodegas, centros logísticos y flujo peatonal alto, la trazabilidad se vuelve parte del compliance.

Guardias: el fin de los certificados dudosos

Uno de los grandes problemas de los últimos años era la cantidad de guardias que trabajaban con documentos vencidos, cursos OS10 falsificados o certificaciones antiguas sin actualización.
Eso no solo generaba riesgos operativos: también dejaba a las comunidades expuestas legalmente.

Con el registro, cada guardia debe estar:

– Inscrito.
– Actualizado.
– Validado.
– Acreditado en funciones específicas.

Para un administrador, esta información es clave.
No basta con “el guardia tiene curso”: ahora importa si está vigente, si está habilitado y si su rol coincide con las funciones del recinto.

Supervisores: una figura que por fin queda regulada

La nueva ley obliga a que los supervisores sean parte del registro, con trazabilidad y certificación.
Esto cambia completamente la operación diaria:
un supervisor ya no es “un jefe de turno”, sino un profesional con responsabilidad legal y estándar mínimo.

Administradores que antes no sabían quién supervisaba realmente a su personal ahora pueden revisar en el registro:

– Nombre.
– Estado de habilitación.
– Capacitación.
– Vínculo con la empresa contratada.

Esto impacta directo en la calidad del servicio.
Un supervisor registrado asegura rondas profesionales, protocolos reales y coordinación correcta ante emergencias.

Tecnología y equipos: cámaras y sistemas que ahora sí deben cumplir norma

El Registro Nacional también incorpora equipos y medios tecnológicos.
Esto significa que elementos como:

– Cámaras CCTV.
– Equipos de monitoreo.
– Equipos de rondas electrónicas.
– Sistemas de control de acceso.
– Vehículos de vigilancia.
– Radios y medios de comunicación.

deben estar declarados y cumplir estándares técnicos mínimos.

Para administradores que llevan años lidiando con cámaras pixeladas, DVR sin respaldo o sistemas instalados por proveedores informales, esto es un alivio.
La ley ahora asegura que si un equipo está registrado, cumple norma.

Esto también reduce el margen de excusas ante incidentes: si una cámara está registrada, hay responsabilidad clara sobre su mantención y funcionamiento.

Impacto directo para administradores de condominios

Los administradores de edificios y condominios han tenido históricamente un problema serio:
no había forma clara, oficial y rápida de verificar si un guardia o una empresa era realmente legal.

El Registro Nacional cambia eso:

– Se puede validar un guardia antes de su primer turno.
– Se puede confirmar si la empresa está vigente.
– Se puede revisar si un supervisor está certificado.
– Se puede verificar si los sistemas de seguridad cumplen norma.

Esto reduce riesgos:

– Multas.
– Responsabilidad civil.
– Perjuicio económico en caso de incidentes.
– Contratación de servicios informales.
– Pérdida de respaldo ante aseguradoras.

El administrador ya no depende de la buena fe del proveedor; depende de datos oficiales.

Impacto para empresas y bodegas

En empresas el impacto es aún mayor.
La seguridad ya no se puede contratar sin respaldo documental.

El Registro permite validar:

– Personal operativo.
– Supervisión real.
– Equipos utilizados.
– Flota y medios de patrullaje.
– Sistemas instalados.
– Cumplimiento normativo.

Esto es clave para:

– Centros logísticos.
– Retail.
– Industrias.
– Oficinas corporativas.
– Bodegas de distribución.

La trazabilidad se vuelve parte del estándar operacional.

Federal Seguridad: al día con todas las normativas vigentes

En un escenario donde la ley eleva los estándares y la fiscalización será cada vez más estricta, muchas organizaciones están buscando proveedores que no “cumplan por cumplir”, sino que estén completamente alineados con la normativa.

Y este es el punto donde Federal Seguridad marca diferencia:
la empresa está al día en todas las normativas vigentes, tanto en habilitaciones como en los nuevos requerimientos del registro.

Esto implica:

– Guardias OS10 habilitados, certificados y registrables.
– Supervisores con acreditación actualizada.
– Sistemas tecnológicos declarados y con respaldo técnico.
– Protocolos operativos ajustados a la nueva ley.
– Cumplimiento ante fiscalización en terreno.
– Trazabilidad completa para administradores y empresas.

En otras palabras:
Federal Seguridad opera bajo el estándar que la nueva ley exige, y ya está preparada para el modelo de fiscalización del 2025 en adelante.

Conclusión: un registro que por fin pone orden y transparencia

El Registro Nacional de Seguridad Privada es más que un trámite:
es la herramienta que por fin regula, ordena y profesionaliza un sector históricamente disperso.

Para administradores, comités, gerentes y empresas, representa:

– Mayor control.
– Mayor transparencia.
– Menos riesgos.
– Mejor calidad en los servicios contratados.
– Seguridad jurídica.

Y para las organizaciones que buscan operar sin exponerse, trabajar con una empresa que ya esté alineada —como Federal Seguridad— se vuelve una decisión estratégica, no un detalle.

El registro llegó para quedarse, y transformará la seguridad privada en Chile durante la próxima década.

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